Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda es la denominación de origen vinícola española que ampara legalmente la crianza y comercialización de la manzanilla de Sanlúcar de Barrameda.
Desde 1933, la manzanilla de Sanlúcar de Barrameda se comercializó bajo la Denominación de Origen Jerez-Xérès-Sherry. Sin embargo, en 1964 se modificó el reglamento de dicha denominación, creándose la denominación de origen Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, reconociéndose oficialmente el carácter especial de la manzanilla dentro de los demás jereces y quedando ambas denominaciones amparadas por un mismo Consejo Regulador.
Sin embargo la denominación "manzanilla" se ha usado a veces de manera genérica, lo que ha llevado a recientes pleitos como el de la "Manzanilla de Lebrija". Ante esto la Unión Europea ha hecho pronunciamiento taxativo que identifica a la manzanilla exclusivamente como un vino característico que procede exclusivamente de Sanlúcar de Barrameda.
(Wikipedia)
Desde 1933, la manzanilla de Sanlúcar de Barrameda se comercializó bajo la Denominación de Origen Jerez-Xérès-Sherry. Sin embargo, en 1964 se modificó el reglamento de dicha denominación, creándose la denominación de origen Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, reconociéndose oficialmente el carácter especial de la manzanilla dentro de los demás jereces y quedando ambas denominaciones amparadas por un mismo Consejo Regulador.
Sin embargo la denominación "manzanilla" se ha usado a veces de manera genérica, lo que ha llevado a recientes pleitos como el de la "Manzanilla de Lebrija". Ante esto la Unión Europea ha hecho pronunciamiento taxativo que identifica a la manzanilla exclusivamente como un vino característico que procede exclusivamente de Sanlúcar de Barrameda.
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